Tipo
Autonómica
Estado
Cerrada
Inicio plazo presentación de solicitudes
martes, 12 de julio de 2016
Fin de la financiación
lunes, 01 de enero de 1900
Fin plazo presentación de solicitudes
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Descripción

Podrán percibir estas ayudas las pequeñas empresas que realicen la inversión subvencionable en el período comprendido entre la solicitud y el 31 de diciembre del ejercicio en el que se presente la solicitud de la ayuda, incluido.

Las ayudas de este programa consistirán en subvenciones de concesión directa sobre los gastos que resulten subvencionables.

El límite máximo de subvención será de 11.000 euros, fijándose una cuantía máxima para cada actuación en el apartado 5 de este artículo.

No podrán presentarse inversiones que superen los 14.800 euros (IVA excluido).

La cuantía de la ayuda será del 80 por 100 en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable (IVA excluido), pudiéndose solicitar la ayuda por más de una actuación, siempre que no se rebase el máximo establecido ni el importe fijado para cada actuación.

Se consideran subvencionables los gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica contratados con Centros Tecnológicos, Universidades y Organismos de Investigación con empresas proveedores especializadas de servicios I+D+i.

En ningún caso se considerarán como costes subvencionables el Impuesto sobre el Valor Añadido, las tasas públicas (salvo en el caso de la actuación 11 Protección de la Innovación).

Beneficiarios

Podrán acogerse a las ayudas contempladas en el presente Acuerdo las pequeñas empresas que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

Tienen la consideración de empresas las personas jurídicas, cualquiera que sea su régimen jurídico, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, y que ejerzan una actividad económica.

Orden de la subvención

Acuerdo de 21 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se estable el procedimiento de concesión directa de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de servicios de innovación en las pequeñas empresas (Programa "Cheque Innovación")

Plazo de presentación

Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente al de la publicación del presente Acuerdo y se tramitarán y resolverán por su orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos que se declaren disponibles por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.