Tipo
Local
Estado
Cerrada
Inicio plazo presentación de solicitudes
martes, 21 de mayo de 2024
Fin de la financiación
martes, 31 de diciembre de 2024

Descripción

CUANTÍA DE LAS AYUDAS Y CRITERIOS DE VALORACIÓN

  1. La cuantía de las ayudas recogidas en estas bases podrá alcanzar el 50 % de los proyectos aprobados, hasta un máximo de 15.000 € por proyecto/propuesta y por Galería Comercial beneficiaria.
  2. Las ayudas que se perciben serán compatibles con otras ayudas destinadas al mismo proyecto. El solicitante está obligado a comunicar, los importes recibidos de cualquier entidad o institución pública o privada que hubiera obtenido o solicitado para el mismo proyecto. En este caso, si el importe de todas las ayudas concedidas superase el presupuesto del proyecto, en la justificación del gasto, GISA descontará el exceso del importe aprobado.
  3. Para la selección de los proyectos y determinación de la cuantía de la ayuda, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

 Criterios en relación con los proyectos/actuaciones:

  • Mejora en la eficiencia energética. Hasta 25 puntos
  • Mejora en la accesibilidad y adaptación a personas con capacidades diferentes. Hasta 10 puntos.
  • Incidencia del proyecto para el que se solicita ayuda, en la transformación o mejora de la Galería Comercial, o en la iniciación de nuevas actividades que modernicen la actividad comercial. Hasta 25 puntos.
  • Modernización de las estructuras físicas o instalaciones de la Galería Comercial. Hasta 15 puntos.

Criterios en relación con la Galería Comercial

  • Antigüedad de la Galería Comercial solicitante (años). Hasta 15 puntos.
  • Superficie total afectada por la actuación. Hasta 10 puntos.

3.7.     Nº de locales totales de la galería / nº de locales con actividad. Hasta 15 puntos.

Solo recibirán ayuda los proyectos que alcancen una puntuación superior a 60 puntos.

En caso de empate entre proyectos y que el presupuesto máximo de esta convocatoria no permitiese la adjudicación de ayuda a todos ellos, tras la valoración técnica, la Comisión de Valoración establecerá qué proyectos se ajustan más a la finalidad y objeto de estas Bases y, por tanto, recibirán ayuda.

Beneficiarios

Podrán tener la condición de beneficiarios las Galerías Comerciales del Municipio de Getafe y deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente, y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Getafe.

Además, deberán cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Que el proyecto para el que se solicita la ayuda mejore la Galeria comercial o modernice su actividad.
  • Que la inversión para la que se solicite ayuda forme parte de un proyecto de remodelación integral de la Galería Comercial.

GASTOS ADMISIBLES

Se considerarán gastos admisibles aquellos gastos que estén relacionados con las actuaciones descritas en el objeto de estas Bases, tales como:

  • Aplicación de medidas que mejores la eficiencia energética de las instalaciones, (instalaciones fotovoltaicas, iluminación, equipos de climatización, equipos industriales en su caso…)
  • Mejora en las condiciones de accesibilidad y adaptación a personas con distintos tipos de discapacidad (auditiva, visual …)
  • Implantación de medidas que mejoren la conectividad en todos los puestos que facilite la implantación de sistema de tele pago, pago digital, comercio electrónico etc.
  • Instalación de paneles informativos digitales.
  • Otras actuaciones que supongan una mejora en la estética del establecimiento (revestimientos, señalización …) En este caso se dará prioridad a aquellas actuaciones que supongan la homogenización de los distintos locales de una misma galería.
  • La mejora y adaptación de las instalaciones generales (alumbrado, ventilación, protección contra incendios) y su adaptación a la normativa vigente.
  • Los gastos de redacción de proyectos, pago a profesionales y técnicos, y otros gastos previos necesarios para la realización de las obras o inversiones.

 

No se consideran gastos admisibles:

  • IVA deducible.
  • Gastos corrientes de la propia entidad (alquileres, teléfono, electricidad, consumibles, contratos de mantenimiento, seguros…)

Plazo de presentación

 

El plazo de presentación de solicitudes se encontrará abierto desde la fecha de publicación de estas Bases en el tablón de anuncios de la sede electrónica de GISA, hasta las 23.59 horas del día 31 de diciembre de 2024.