- Tipo
- Local
- Estado
- Cerrada
- Inicio plazo presentación de solicitudes
- martes, 30 de abril de 2024
- Fin de la financiación
- martes, 31 de diciembre de 2024
- Enlace al trámite
- Acceder al enlace
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia y las micro pymes (empresa que ocupa a jornada completa hasta 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros según la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003),
Además, deben reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos:
. Tener el domicilio fiscal en Getafe o acreditar que la actividad se viene desarrollando durante un periodo de CINCO años en el término municipal de Getafe.
. Que la superficie que tenga el local destinado a uso, o atención al público, no supere los 200 metros cuadrados.
. Que se hallen al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con la administración estatal y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Getafe.
. En el caso de autónomos/as, estar afiliado como autónomo y con el alta en vigor en la en la fecha de solicitud de la ayuda.
. En el resto de los solicitantes, estar legalmente constituidos e inscritos en los registros correspondientes, así como dados de alta en el Régimen de Seguridad Social o Mutualidad que corresponda, en la fecha de solicitud de la ayuda.
. En el caso de haber sido beneficiario de otras ayudas concedidas por Getafe Iniciativas S.A, deberán haber justificado su obtención, conforme a lo requerido en las Bases de cada respectiva convocatoria.
. Que hayan realizado alguna de las inversiones relacionadas en las bases y dentro del periodo establecido en las mismas.
. Que aporten la documentación establecida en las bases de la convocatoria
Plazo de presentación
Desde la publicación de estas bases hasta el 31 de Diciembre de 2024.