- Tipo
- Autonómica
- Estado
- Cerrada
- Inicio plazo presentación de solicitudes
- viernes, 15 de julio de 2022
- Fin de la financiación
- lunes, 12 de septiembre de 2022
- Fin plazo presentación de solicitudes
- Acceder al enlace
Descripción
La subvención se concederá según el orden de prelación de las solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos para ser beneficiarios, pudiendo obtener la subvención únicamente las que se encuentren dentro de los límites de crédito disponible en la convocatoria y siendo denegadas el resto.
De oficio, se procederá a realizar el pago anticipado del 100 por ciento del importe de la subvención concedida. Para la primera anualidad, a partir de la notificación de la resolución de concesión, y para la segunda anualidad, a partir del 1 de enero de año 2023. Las entidades beneficiarias estarán exentas de constituir garantías.
Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden los siguientes beneficiarios:
- Para los proyectos recogidos en el artículo 1.2.a), las empresas, a título individual y que presenten proyectos de formación.
- Para los proyectos recogidos en el artículo 1.2.b), podrán ser beneficiarios, las agrupaciones de empresas, de cualquier dimensión, que presenten proyectos de formación para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas.
- También podrán ser beneficiarios los grupos empresariales, que presenten proyectos de formación para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas. A efectos de esta orden se entiende grupo empresarial aquel grupo de empresas que consoliden balances, tengan una dirección efectiva común o están formados por filiales de una misma matriz. La empresa matriz será la responsable de solicitar la subvención en representación de las empresas que participen en el proyecto y que se considerarán a su vez beneficiarias de las ayudas.
Orden de la subvención
EXTRACTO de la Orden de 8 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de acciones formativas de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada prioritariamente a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, destinada a empresas, agrupaciones empresariales, grupos empresariales y entidades sin ánimo lucro, y se convocan ayudas en el 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea– Next GENERATION EU.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, hasta el 12 de septiembre de 2022.