Tipo
Autonómica
Estado
Cerrada
Inicio plazo presentación de solicitudes
lunes, 14 de junio de 2021
Fin de la financiación
viernes, 02 de julio de 2021
Fin plazo presentación de solicitudes
Acceder al enlace

Descripción

Se considerarán gastos subvencionables, entre otros las siguientes actividades de promoción y formación:

  • Participación en ferias de artesanías o sectoriales que tengan un mínimo de 30 expositores y cuya inversión mínima sea de 600 euros de base imponible.
  • La participación en ferias virtuales de artesanía o sectoriales, en las que haya oferta artesanal. (Alquiler de plataformas para la participación de ferias virtuales y su mantenimiento durante la celebración de las mismas)
  • Resto de actividades promocionales, que contribuyan a la promoción de los productos de empresa artesana. (Elaboración de catálogos, diseño de logo, o integración en portales  plataformas agrupadas de internet, dedicadas a la comercialización conjunta)

Las ayudas consistirán en subvenciones, tramitadas en Régimen de Concurrencia Competitiva, del 50 por 100 del presupuesto aceptado.

Beneficiarios

Los beneficiarios serán pequeñas y medianas empresas artesanas que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Así mismo, la actividad desarrollada se ha de corresponder con los oficios y actividades artesanas incluidos en el repertorio de actividades y oficios artesanos de la Comunidad de Madrid.

Orden de la subvención

EXTRACTO de la Orden de 2 de junio de 2021, del Consejero de Empleo Economía y Competitividad, por la que se convocan ayudas para el año 2021 dirigidas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación. 

Plazo de presentación

El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.