- Tipo
- Autonómica
- Estado
- Cerrada
- Inicio plazo presentación de solicitudes
- lunes, 31 de enero de 2022
- Fin de la financiación
- lunes, 21 de febrero de 2022
- Fin plazo presentación de solicitudes
- Acceder al enlace
Descripción
Se consideran subvencionables entre otros, los gastos de inversión realizados dentro de alguna de las siguientes líneas de actuación:
- Adquisición o adaptación de vehículos comerciales y/o industriales a la actividad de transporte y venta, como herramienta principal para el comercio ambulante. b) Adquisición de toldos, instalaciones metálicas, carpas y estructuras similares para el puesto de venta.
- Adquisición de toldos, instalaciones metálicas, carpas y estructuras similares para el puesto de venta.
- Compra de mobiliario o equipamiento comercial, especialmente el destinado a la exposición de productos.
- Compra de otro equipamiento específico, como puede ser el caso de carretillas elevadoras, equipos de frío utilizados en la conservación de productos perecederos que vayan a destinarse a la venta ambulante o equipos de generación de electricidad
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios del régimen de ayudas contempladas en la presente orden las pequeñas empresas, así como los empresarios individuales que cumplan entre otros, alguno de los siguientes requisitos:
- Que estén establecidos en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo y desarrollen su actividad de comercio ambulante en, al menos, dos municipios de la Comunidad de Madrid o en al menos dos distritos del municipio de Madrid.
- Que su actividad comercial se incluya en el epígrafe 663 del Impuesto de Actividades Económicas, que se encuentre en posesión del carné de vendedor ambulante expedido por la Comunidad de Madrid y cuente con las autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad de venta ambulante
Orden de la subvención
Extracto de la Orden de 15 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid para el año 2022.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de este extracto de la citada convocatoria.