- Tipo
- Autonómica
- Estado
- Cerrada
- Inicio plazo presentación de solicitudes
- sábado, 08 de septiembre de 2018
- Fin de la financiación
- miércoles, 24 de octubre de 2018
- Fin plazo presentación de solicitudes
- Acceder al enlace
Descripción
Serán consideradas subvencionables las inversiones contempladas en el proyecto presentado siempre que alcancen en su conjunto un coste mínimo de 2.000 euros, impuestos excluidos. Las ayudas consistirán en subvenciones directas del 75% del proyecto presentado, impuestos excluidos, con el límite máximo de 20.000 euros por beneficiario y proyecto.
Entre otras líneas de actuación, se considerarán subvencionables:
- Adaptación a la actividad de transporte y venta de los vehículos industriales utilizados por las empresas de venta ambulante.
- Adquisición de toldos, instalaciones metálicas, carpas y estructuras similares para la renovación del puesto de venta.
Beneficiarios
Pequeñas empresas así como personas empresarias individuales que cumplan entre otros, los siguientes requisitos:
- Que su actividad comercial se incluya en el epígrafe 663 del Impuesto de actividades económicas.
- Que desarrollen su actividad de comercio ambulante en, al menos dos municipios de la Comunidad de Madrid.
Orden de la subvención
EXTRACTO 27 de agosto de 2018, de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo Y hacienda, por la que se convocan ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid para el año 2018.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.