- Estado
- Cerrada
- Inicio plazo presentación de solicitudes
- miércoles, 09 de abril de 2025
- Fin de la financiación
- jueves, 08 de mayo de 2025
- Fin plazo presentación de solicitudes
- Acceder al enlace
Descripción
Las inversiones deberán estar comprendidas entre las siguientes actuaciones subvencionables:
a) Adquisición, mediante compraventa, de terrenos calificados como suelo industrial por el correspondiente plan general de ordenación urbana o las normas subsidiarias de planeamiento, siempre que la solicitud de ayuda incluya un proyecto para la instalación de un centro de trabajo industrial en dicho terreno.
b) Adquisición de locales y naves industriales para uso propio.
c) Adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos e inventariables.
d) Adquisición de hardware y software informático, siempre que estén directamente relacionados con los activos para los que se solicita la subvención.
2. Serán considerados gastos subvencionables los costes de las inversiones previstas en los centros de trabajo de la entidad solicitante de la ayuda, siempre que estén directamente relacionados con la actividad económica desarrollada por la empresa. 3. Serán objeto de subvención aquellas inversiones en las que la suma del importe de
los gastos subvencionables suponga una cantidad mínima conjunta de 50.000 euros, y siempre que cada una de las inversiones individualmente consideradas tenga base imponible
igual o superior a 1.000 euros.
4. Serán subvencionables los activos adquiridos en su totalidad dentro del período subvencionable, no siendo posible subvencionar la adquisición parcial de activos.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las empresas constituidas como sociedades mercantiles, con personalidad jurídica propia, que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, con una plantilla media en el ejercicio anterior al de la convocatoria entre 1 y 49 asalariados y cuyas actividades estén encuadradas dentro de:
División 2. Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados. Industria química.
— División 3. Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
— División 4. Otras industrias manufactureras.
Orden de la subvención
EXTRACTO de la Orden de 2 de abril de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas a empresas industriales de menos de 50 trabajadores para inversión en infraestructura y equipamiento en el año 2025.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de la publicación de este extracto de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.