Gisa
La Agencia de Desarrollo Local Getafe Iniciativas, se propone dos objetivos fundamentales: dinamizar la actividad económica y contribuir a la generación de empleo.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia y micropymes, que reúnan entre otros, los siguientes requisitos:
PARA MÁS DETALLE VER LAS BASES EN ESTA MISMA PÁGINA
La situación generada por la declaración del Estado de Alarma ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por coronavirus COVID 19, ha supuesto la adopción de medidas de actuación de forma inmediata para el impulso de la actividad económica en el Municipio de Getafe. Para conseguir la reactivación del tejido económico de nuestro Municipio, la Agencia de Desarrollo Local, Getafe Iniciativas S.A, aprobó una línea de ayudas extraordinaria de 850.000 €, que fueron otorgadas para actuaciones en el tejido económico, mantenimiento de la actividad económica y de sus puestos de trabajo.
Las presentes bases tienen por finalidad regular la concesión de una segunda convocatoria de línea de ayudas, con un presupuesto de 230.000 €, para reducir el impacto de los daños económicos en negocios de empresarios/as y autónomos/as, al haberse visto afectados como consecuencia de la declaración de estado de alarma para la gestión del COVID-19, bien por cierre temporal o por minoración ostensible de su actividad.
Estas líneas de ayudas se han consensuado con las asociaciones empresariales y de comercios locales.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva.
El orden e importe de la ayuda se adjudicará tal y como se detalla a continuación:
Nº Orden |
Situación del establecimiento según el RD 463/2020 de 14 de marzo |
Nº Trabajadores (incluido el/los promotor/es) |
Importe de la ayuda |
1 |
Cese temporal de la actividad |
1 trabajador |
950,00 € |
2 |
75% o más reducción facturación |
1 trabajador |
712,50 € |
3 |
Cese temporal de la actividad |
2 trabajadores |
1.066,67 € |
4 |
75% o más reducción facturación |
2 trabajadores |
800,00 € |
5 |
Cese temporal de la actividad |
3 trabajadores |
1.183,33 € |
6 |
75% o más reducción facturación |
3 trabajadores |
887,50 € |
7 |
Cese temporal de la actividad |
4 trabajadores |
1.300,00 € |
8 |
75% o más reducción facturación |
4 trabajadores |
975,00 € |
9 |
Cese temporal de la actividad |
5 trabajadores |
1.416,67 € |
10 |
75% o más reducción facturación |
5 trabajadores |
1.062,50 € |
11 |
Cese temporal de la actividad |
6 trabajadores |
1.533,33 € |
12 |
75% o más reducción facturación |
6 trabajadores |
1.150,00 € |
13 |
Cese temporal de la actividad |
7 trabajadores |
1.650,00 € |
14 |
75% o más reducción facturación |
7 trabajadores |
1.237,50 € |
15 |
Cese temporal de la actividad |
8 trabajadores |
1.766,67 € |
16 |
75% o más reducción facturación |
8 trabajadores |
1.325,00 € |
17 |
Cese temporal de la actividad |
9 trabajadores |
1.883,33 € |
18 |
75% o más reducción facturación |
9 trabajadores |
1.412,50 € |
19 |
Cese temporal de la actividad |
10 trabajadores |
2.000,00 € |
20 |
75% o más reducción facturación |
10 trabajadores |
1.500,00 € |
Los criterios de las Bases para el desempate son los siguientes:
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Ver en las bases en esta misma página
Las solicitudes, que irán acompañadas de la documentación e información requeridas se presentarán por vía telemática a través de nuestra sede electrónica al que se podrá acceder a través de la siguiente dirección https://getafeiniciativas.sedelectronica.es/
El plazo de presentación de solicitudes se encontrará abierto desde la fecha de publicación de las Bases en esta página (8 de septiembre de 2020) y hasta las 23:59 horas del día 25 de septiembre de 2020
Tipo | Local |
---|---|
Estado | Cerrada |
Plazos |
Del
08/09/2020
al
25/09/2020 |
Enlace Boletín Oficial | Más información |
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