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Convocatoria de ayudas públicas

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AYUDAS-NEXT GENERATION EU-Formación Población Activa 2022

La presente orden tiene por objeto apoyar la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, en sectores estratégicos, para empresas, agrupaciones empresariales grupos empresariales y entidades sin ánimo lucro, en el marco de los fondos Next GENERATION EU, y con una duración de entre treinta y sesenta horas, que podrían permitir su futura acreditación formal a través del procedimiento recogido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, con las particularidades que se determinen.
Beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden los siguientes beneficiarios:

  • Para los proyectos recogidos en el artículo 1.2.a), las empresas, a título individual y que presenten proyectos de formación.
  • Para los proyectos recogidos en el artículo 1.2.b), podrán ser beneficiarios, las agrupaciones de empresas, de cualquier dimensión, que presenten proyectos de formación para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas. 
  • También podrán ser beneficiarios los grupos empresariales, que presenten proyectos de formación para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas. A efectos de esta orden se entiende grupo empresarial aquel grupo de empresas que consoliden balances, tengan una dirección efectiva común o están formados por filiales de una misma matriz. La empresa matriz será la responsable de solicitar la subvención en representación de las empresas que participen en el proyecto y que se considerarán a su vez beneficiarias de las ayudas.
Descripción:

La subvención se concederá según el orden de prelación de las solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos para ser beneficiarios, pudiendo obtener la subvención únicamente las que se encuentren dentro de los límites de crédito disponible en la convocatoria y siendo denegadas el resto.

De oficio, se procederá a realizar el pago anticipado del 100 por ciento del importe de la subvención concedida. Para la primera anualidad, a partir de la notificación de la resolución de concesión, y para la segunda anualidad, a partir del 1 de enero de año 2023. Las entidades beneficiarias estarán exentas de constituir garantías.

Orden:

EXTRACTO de la Orden de 8 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de acciones formativas de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada prioritariamente a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, destinada a empresas, agrupaciones empresariales, grupos empresariales y entidades sin ánimo lucro, y se convocan ayudas en el 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea– Next GENERATION EU.

Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, hasta el 12 de septiembre de 2022.

Tipo Autonómica
Estado Cerrada
Plazos Del 15/07/2022 al
12/09/2022
Enlace Boletín Oficial Más información
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