Gisa
La Agencia de Desarrollo Local Getafe Iniciativas, se propone dos objetivos fundamentales: dinamizar la actividad económica y contribuir a la generación de empleo.
Pequeñas y medianas empresas (incluyendo trabajadores autónomos) con domicilio fiscal en España y desarrollen una actividad clasificada en el Código Nacional de Actividad Económica (CNAE) 2009 con el código 55.10 hoteles y alojamientos similares; 55.20 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia; 55.30 Campings y aparcamientos para caravanas; o contar con un establecimiento hotelero o camping inscrito en el Registro de Turismo o equivalente de la comunidad Autónoma correspondiente.
La presente resolución tiene por objeto la finalidad de proporcionar ayudas económicas a pymes para el despliegue o mejora de redes inalámbricas de establecimientos hoteleros y campings adecuados a sus instalaciones y que permitan ofrecer un servicio gratuito de calidad a los clientes desde cualquier parte del alojamiento y absorber el aumento de dispositivos móviles disponibles por persona.
Los proyectos subvencionables con cargo a estas ayudas están dirigidos al despliegue inicial o la ampliación y mejora de la conectividad inalámbrica de un establecimiento hotelero o camping.
Se establecen dos tipos de conceptos subvencionables:
1. Gastos asociados al despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica del establecimiento.
2. gastos de contratación de una nueva línea de acceso a internet o mejora de la capacidad del acceso actual para dar soporte a la red inalámbrica desplegada.
Los proyectos subvencionables deberán cumplir los requisitos de cobertura, tecnología, gestión de la red, seguridad, línea de acceso a internet y legalidad.
Los solicitantes deberán presentar, con su solicitud, un presupuesto de proyecto, compuesto por los conceptos subvencionables establecidos en el articulado de esta resolución, incluyendo un porcentaje de financiación del presupuesto subvencionable que asume, que deberá oscilar entre el 20% y el 50% en tramos de 5% en 5%.
La cuantía mínima de dicho presupuesto subvencionable será de 6.250 euros impuestos indirectos aplicables excluidos.
Red.es subvencionará la cantidad restante del presupuesto subvencionable, lo que constituirá el importe de la ayuda, siempre y cuando el pago del presupuesto subvencionable y de los impuestos indirectos asociados a la totalidad del mismo se justifique debidamente, conforme a lo establecido en la presente Resolución.
Este importe de la ayuda no podrá ser superior a 25.000 euros por solicitante.
RESOLUCIÓN de 7 de agosto, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convocan ayudas del II Programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero y se establecen las bases reguladoras de dicha convocatoria.
BOE 27/08/2015.
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el 15 de octubre de 2015 y permanecerá abierto hasta el día 16 de noviembre de 2015.
Tipo | Estatal |
---|---|
Estado | Cerrada |
Plazos |
Del
15/10/2015
al
16/11/2015 |
Enlace Boletín Oficial | Más información |
Agregar al calendario |
![]() ![]() |